La Junta abre hoy el plazo para solicitar las ayudas al alquiler por el impacto del Covid-19

La Consejería de Fomento destina casi 1,6 millones de euros a Jaén, que beneficiará a alrededor de 600 familias de la provincia

La Junta de Andalucía abre hoy, 8 de julio, el plazo para solicitar las ayudas extraordinarias al alquiler de vivienda habitual con el objetivo de minimizar el impacto económico y social del coronavirus en los hogares de las familias con escasos recursos, según ha explicado el delegado territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Jesús Estrella. En Jaén, el importe disponible asciende a 1.584.596 euros y podrá beneficiar a entre 500 y 600 familias, según la renta que se pague finalmente por cada unidad. Un alcance social, según destaca el delegado, que es posible gracias a la apuesta de la Consejería de Fomento para ampliar los fondos estatales. Así, en el reparto de fondos de la Administración del Estado, Andalucía ha recibido 17,1 millones de euros, que sólo cubrirían las ayudas al alquiler para 4.700 familias. Ante esta situación, la Consejería aportará un complemento de 13 millones de euros para alcanzar los 30 millones. Con esta asignación presupuestaria se podrá atender a unas 8.500 familias. La documentación acreditativa se podrá presentar telemática o presencialmente, en registro bajo la solicitud de cita previa.

“Supone una inyección económica para muchas familias que están viviendo dificultades a causa de la pandemia y con estas ayudas, podrán mantener la normalidad y la tranquilidad en lo que supone un derecho básico como es la vivienda”, ha añadido el delegado.



Las ayudas se podrán solicitar hasta el 30 de septiembre y la solicitud será telemática. Se contempla la solicitud con carácter retroactivo desde el 1 de abril y durante un periodo de seis meses, hasta el 30 de septiembre, según consta en la Orden Ministerial.

Los solicitantes deberán cumplir una serie de requisitos, como encontrarse en el paro, afectado por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) o ser autónomo con una disminución de los ingresos del 30 por ciento. Además, deben estar empadronados en la vivienda de alquiler desde hace al menos seis meses y no disponer de vivienda en propiedad. Con carácter general sus ingresos deben ser menores de tres veces IPREM (1.613 euros al mes) en el mes anterior a la solicitud y el pago de la renta del alquiler más los suministros básicos (luz, agua, electricidad, gas, comunidad) tiene que ser superior al 35 por ciento de los ingresos de la unidad familiar.

La solicitud de ayuda deberá presentarse en el Registro telemático único de la Administración de la Junta de Andalucía, en la dirección web https://juntadeandalucia.es/servicios/ayuda/presentacion-electronica.html. La documentación acreditativa se podrá presentar telemática o presencialmente, en registro.



La Junta ha trabajado en las bases reguladoras y en las propias órdenes de la convocatoria desde que el Gobierno de España anunció estas ayudas. La tramitación se ha llevado a cabo con las dificultades añadidas de una situación excepcional y, a pesar de ello, se ha completado en menos de 70 días, la mitad de lo que tardaron en publicarse las bases y la orden de convocatoria del Alquila-2018.

Estas ayudas fueron aprobadas en la Orden Ministerial 336/2020 de 9 de abril por la que se incorpora, sustituye y modifican programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 en cumplimiento del Real Decreto 11/2020 de 31 de marzo por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19. El desarrollo y gestión de estas ayudas es competencia de las comunidades autónomas.

¿ Qué opinas de esta noticia ? Deja tu comentario