Hostelería, peluquería, pequeño comercio, taxi y feriantes pueden acogerse ya a las nuevas ayudas de la Junta

peluquería

Las solicitudes se podrán entregar en un plazo de diez días naturales desde el día 20 de noviembre

Ya se ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la nueva convocatoria de subvenciones para trabajadores de la hostelería, peluquería, pequeño comercio, taxi y feriantes. Hace un par de días se aprobó en el Consejo de Gobierno, dada la situación especial de estos sectores desde el inicio de la pandemia del Covid-19. Desde mañana, 20 de noviembre, habrá 10 días naturales para solicitarlas.

Se trata de las subvenciones reguladas en el Decreto-ley 29/2020, de 17 de noviembre, por el que se establecen medidas urgentes para el mantenimiento de la actividad de determinados sectores económicos, y de apoyo tributario al sector del juego como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y se implanta la plataforma de gestión de datos de Centros de Servicios Sociales.

Con estas se establecen medidas urgentes de ayudas para el mantenimiento de la actividad de determinados sectores económicos, como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19). La línea de subvenciones que se convocan tienen por objeto paliar los efectos del impacto económico negativo que la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y las medidas acordadas han provocado en la actividad de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, con el fin de ayudar a sostener la continuidad de su empresa o negocio, evitando el cese definitivo del mismo, y por tanto, la destrucción de empleo. Se distinguen para ello: Las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que desarrollan su actividad en los sectores de la hostelería, del comercio, del transporte por taxi y de los servicios de peluquería de señora y caballero y las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que desarrollan su actividad en el sector de feriantes.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, con domicilio fiscal en Andalucía, que estuvieran dadas de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, en la fecha de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, manteniendo aquélla hasta el día en que se inicie el plazo de presentación de la correspondiente solicitud.

La cuantía destinada a esta convocatoria es de 80 millones de euros, con cargo al presupuesto de 2020. La subvención consistirá en una cuantía de 1.000 euros.

En este enlace se indica como solicitar la ayuda:

Para la presentación electrónica, las personas interesadas podrán utilizar los sistemas de firma electrónica que tengan en vigor. El formulario para la solicitud estará disponible en la oficina virtual de la Consejería que tenga atribuida las competencias en materia de trabajo autónomo, a la que se podrá acceder a través del siguiente enlace:

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