EL Ayuntamiento de Linares emite un bando para la ampliación de horarios de establecimientos en Feria

El Ayuntamiento es consciente de que en la actual coyuntura económica se evidencia aún más la necesidad de que por parte de esta Administración se colabore con el ámbito empresarial en la búsqueda de fórmulas que permitan aumentar la dinamización de los sectores económicos y, en particular, y para el presente caso, del gremio hostelero.

Con motivo de la Real Feria y Fiestas de San Agustín 2022 y con carácter excepcional se ampliarán los horarios públicos generales de cierre de espectáculos y establecimientos públicos las madrugadas del 26 al 27, del 27 al 28, del 28 al 29, del 29 al 30, del 30 al 31 y del 31 de agosto al 1 de septiembre, en DOS HORAS MÁS del horario establecido para cada tipo de establecimiento. Dicha ampliación se refiere exclusivamente a la actividad realizada en el INTERIOR  de los establecimientos, por lo que las terrazas y veladores mantendrán el horario establecido sin ampliación de horario.

Según indica el Bando emitido por el Ayuntamiento, los establecimientos de venta de platos preparados, pan y repostería, pastelería y platos preparados, elaboración y venta de churros, patatas fritas, frutos secos y dulces tendrán plena libertad para determinar los días y horas de apertura al público.

A todos los organizadores de espectáculos públicos y actividades recreativas se les recuerda que tienen la obligación de: (Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía)

  • Adoptar y mantener íntegramente todas aquellas condiciones técnicas de seguridad, higiene, sanitarias y de nivel de ruidos que se establezcan con carácter general o sean fijadas específicamente en las correspondientes autorizaciones.
  • A responder de los daños y perjuicios que se produzcan como consecuencia de la celebración y organización del espectáculos o actividad recreativas.
  • A evitar: la admisión de público en número superior al determinado como AFORO: permitir la venta y consumo de BEBIDAS ALCOHÓLICAS a menores de edad, así como permitir la entrada o permanencia de menores en espectáculos públicos y actividades recreativas en los que esté prohibido; el incumplimiento de los HORARIOS permitidos de apertura y cierre.

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