Daniel Campos condenado con una multa e inhabilitación por delito electoral

Las pasadas elecciones municipales se celebraron en mayo de 2019. Ese mismo día, la edil de Linares Primero, Juana Cruz, puso una denuncia al entonces candidato por el PSOE, Daniel Campos, por pedir el voto a las puerta del colegio electoral donde iba a ejercer su derecho.

Ahora, casi dos años después, el Juzgado de lo Penal número 1 de Jaén ha emitido una resolución a este caso. Impone a Campos una multa de 1.080 euros. Serán seis meses de multa con una cuota de seis euros diarios más los costes del juicio.

El edil alegó en el juicio que «no había convocado a la prensa y que sus palabras fueron a nivel particular, sin intentar en ningún momento influir a los votantes». Pero la jueza ha estimado que «cuenta con una larga trayectoria política como para desconocer la normativa, y que sus palabras fueron claras y explícitas».

Aunque se habían solicitado nueve meses de prisión más la inhabilitación desde el Ministerio Fiscal, la acusación particular pidió un año de prisión e inhabilitación para el derecho de sufragio por 5 años. Finalmente, se ha impuesto una multa de seis euros al día durante seis meses (1080 euros, y la inhabilitación del sufragio pasivo durante el mismo tiempo. Se trata de la mínima pena contemplada en estos casos.

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